La Corte Constitucional resolvió el 17 de abril de 2012 (Sentencia No. 011-12-SIN-CC) que no se exigirá la presentación del certificado de votación en los trámites dentro de la Función Judicial (Corte Nacional, cortes provinciales y juzgados), así como en la Fiscalía, en la Defensoría del Pueblo, en la Defensoría Pública y en la propia Corte Constitucional.
La resolución fue adoptada por la Corte Constitucional tras analizar una demanda de inconstitucionalidad contra la Resolución del Consejo Nacional Electoral No. PLE-CNE-7-30-3-2010 del 30 de marzo de 2010, presentada el 7 de mayo del 2010 por los abogados de Consulegis Abogados, Héctor Yépez Martínez y Melchor Martínez Pino.??
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