No más doctrinas jurídicas

Las doctrinas expedidas por la Superintendencia de Compañías para despejar dudas sobre el funcionamiento de la Ley de Compañías quedaron sin efecto este mes

En 1997, la Superintendencia de Compañías declaró la vigencia doctrinas jurídico-societarias para resolver las dudas que podían surgir con la aplicación de la Ley de Compañías, en los casos en los que esta fuere oscura o incompleta. Con el tiempo, se fueron creando nuevas doctrinas y se aplicaron también al resto de normas jurídicas en materia societaria.

La Constitución del Ecuador no considera los criterios doctrinales publicados por las instituciones del Estado como normas dentro del ordenamiento jurídico, y la Ley de Compañías vigente hoy se diferencia en varios puntos de la que dio origen a gran número de las doctrinas jurídicas. Por eso, las doctrinas jurídicas no solo carecen de naturaleza normativa, sino que también varios de los criterios ahí recopilados han perdido relevancia. De hecho, algunas fueron suprimidas porque eran inaplicables en el presente, como la doctrina 141 relativa a los pactos sociales que fue derogada el 20 de septiembre del 2016.

Con estos antecedentes, el 6 de enero del 2017 se publicó en el Registro Oficial la resolución de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros que dejó sin efecto todas las doctrinas jurídicas emitidas por la institución, y, adicionalmente, se declaró que en caso de que existiere necesidad de interpretar la Ley de la materia, las dudas se absolverán de manera individual en atención a cada caso concreto bajo la óptica de los principios constitucionales actuales.

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