Educación para la Transformación Digital
La Ley Orgánica para la Transformación Digital y Audiovisual (“LOTDA”) aborda varios aspectos relacionados con la educación.
En ese contexto, dispone que, tanto las instituciones públicas como las privadas, deberán implementar planes accesibles y gratuitos de formación y capacitación al usuario en los ámbitos del desarrollo tecnológico.
De igual forma, prevé que en todos los procesos de rendición de cuentas que deben ser ejecutados por las entidades del Estado, se incluya un segmento o capítulo en el cual se informe sobre cuáles han sido los avances en materia de transformación digital realizados por cada una de dichas entidades.
La LOTDA norma, incluso, ciertos aspectos vinculados con las mallas curriculares en todos los niveles educativos, de tal manera que:
- Las escuelas, colegios y universidades deberán determinar, dentro de sus ofertas educativas, los programas o materias que, por su naturaleza, puedan ser cursados por los estudiantes de manera virtual, lo que incluye su evaluación.
- Las instituciones de educación superior públicas y privadas deberán:
b.1. Adecuar el desarrollo de sus programas de estudios al entorno virtual para, de esta forma, brindarles a los estudiantes la posibilidad de elegir en qué modalidad cursarlos.
b.2. Contar, dentro de su planta docente, con al menos un 5% de profesores contratados o titulares para ejercer labores académicas en modalidad virtual, sin perjuicio del lugar de residencia; ello con el objeto de contribuir, fomentar y promover:
b.2.1. El aprendizaje en línea.
b.2.2. La internacionalización de la oferta académica.
b.2.3. El intercambio de experiencias y la integración de los docentes, dentro y fuera del país.
b.2.4. La educación y alfabetización digitales en todos los niveles del sistema nacional de educación.
b.2.5. Y la adquisición, por parte de los estudiantes, de las habilidades y capacidades digitales necesarias para su adaptación a las nuevas tecnologías.
Finalmente, la LOTDA les impone a los gobiernos autónomos descentralizados de cualquier nivel, aunque particularmente en la ruralidad, la obligación de implementar en sus dependencias espacios denominados infocentros comunitarios, provistos de acceso a internet libre y gratuito, con la finalidad de reducir la brecha digital.